Skip to main content

Iniciativa reglamentaria Modificación de la Ordenanza Reguladora de Honores y Distinciones del Ayuntamiento de Níjar

Publicado el 28 de enero de 2026 | Finaliza el 11 de febrero de 2025

ANUNCIO SOBRE TRÁMITE DE CONSULTA PÚBLICA DE LA INICIATIVA REGLAMENTARIA DENOMINADA “MODIFICACION DE LA ORDENANZA REGULADORA DE HONORES Y DISTINCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE NIJAR”

Expediente: GESTIONA 18631/2025.

DON JOSÉ FRANCISCO GARRIDO REQUENA, ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE NIJAR (ALMERIA).
HACE SABER:

De conformidad con lo previsto en el art. 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, por medio del presente se sustancia trámite de consulta pública a fin de recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la iniciativa reglamentaria denominada “MODIFICACION DE LA ORDENANZA REGULADORA DE HONORES Y DISTINCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE NIJAR”.

Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones al respecto de la futura norma acerca de:

  • a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
  • b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
  • c) Los objetivos de la norma.
  • d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

A tales efectos, se acompaña como Anexo la correspondiente MEMORIA DE LA INICIATIVA REGLAMENTARIA, elaborada por la Concejala Delegada del Área de Alcaldía.

Plazo de la consulta pública: El plazo para la realización de aportaciones será de 10 días hábiles, a contar a partir del siguiente al de la publicación del presente Anuncio en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de este Ayuntamiento.

ANEXO

MEMORIA DEL ÁREA DE ALCALDÍA SOBRE LA INICIATIVA REGLAMENTARIA DENOMINADA “MODIFICACION DE LA ORDENANZA REGULADORA DE HONORES Y DISTINCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE NÍJAR”

El artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que: Con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o reglamento (ordenanzas/reglamentos municipales), se sustanciará una consulta pública a través del portal web de la administración competente en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa, la necesidad y oportunidad de su aprobación, los objetivos de la norma, las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la citada Ley, por medio de la presente se formula Memoria en relación con la iniciativa reglamentaria denominada “MODIFICACION DE LA ORDENANZA REGULADORA DE HONORES Y DISTINCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE NIJAR”, comprensiva de los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa, la necesidad y oportunidad de su aprobación, los objetivos de la norma, y las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

1.- PROBLEMAS QUE SE PRETENDEN SOLUCIONAR CON LA INICIATIVA.
El Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, dedica parte del título VI, artículos 186 a 190, a regular los Honores y Distinciones de las Entidades Locales. Así, en el artículo 189 se señala que las Corporaciones Locales podrán acordar la creación de medallas, emblemas, condecoraciones u otros distintivos honoríficos, a fin de premiar especiales merecimientos, beneficios señalados o servicios extraordinarios, así como para acordar nombramientos de hijos predilectos y adoptivos y de miembros honorarios de la Corporación, atendidos los méritos, cualidades y circunstancias singulares que en los galardonados concurran y que serán aplicados con el mayor rigor en expediente que se instruyan.

A tal efecto el Ayuntamiento de Níjar dispone de una Ordenanza Reguladora de Honores y Distinciones.

2.- NECESIDAD Y OPORTUNIDAD DE SU APROBACIÓN.
La presente modificación de la Ordenanza nace de la necesidad de sistematizar procedimientos, usos y costumbres tradicionales que el Ayuntamiento de Níjar viene realizando, en algunos casos, desde tiempo inmemorial, a la vez que se incorporan otras cuestiones con normativas dispersas o simplemente, no reguladas.

El texto trata de normalizar la concesión de honores y distinciones a personas o entidades; además de trasponer a la norma la solemnidad y el respeto que merecen tanto el Ayuntamiento como institución, como las personas que lo integran.

3.- OBJETIVOS DE LA NORMA.
Con la aprobación de la modificación de la Ordenanza se pretende reunir y actualizar, en una misma normativa, los diferentes aspectos relativos al ceremonial, protocolo, honores y distinciones del Ayuntamiento de Níjar.

4.- SOLUCIONES ALTERNATIVAS REGULATORIAS Y NO REGULATORIAS.
Conforme a lo establecido en el artículo 191 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, “Los requisitos y trámites necesarios para la concesión de los honores y distinciones a que se refieren los dos artículos precedentes, se determinarán en Reglamento especial”. El cumplimiento de los requisitos y trámites contemplados en la Ordenanza no pueden llevarse a cabo sin la correspondiente normativa, mediante un riguroso y garantista procedimiento administrativo, no existe alternativa posible a la aprobación de la citada Ordenanza.

El sistema contemplado en la Ordenanza Reglamento se considera el más adecuado a la satisfacción de los intereses generales del Ayuntamiento de Níjar y de los potenciales destinatarios.

El plazo de consulta finaliza el 11 de febrero de 2026.

Opiniones

No hay opiniones para mostrar.

Participa

Tu participación es fundamental para contribuir al desarrollo y mejora de nuestro municipio. Infórmate, opina y forma parte de las decisiones que construyen el futuro de Níjar.